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Todo lo que debe saber de los Encuentros Ciudadanos

Por: webmasterlocal
Publicado el: Marzo 2020

 ·         Este año, por la coyuntura del COVID-19, se amplió el plazo de inscripción hasta el 30 de abril a estos espacios de participación, que además contarán con una estrategia virtual en sus distintas etapas, para privilegiar el uso de las plataformas digitales y las redes sociales.
 
·         Las inscripciones se harán a través del portal www.bogota.gov.co, en la alcaldía local de Bosa (Cra. 80i # 61-05 Sur Bosa Centro), Casa del Participación (Cra. 80k # 61-28 Sur Bosa Centro) y en Subdirección de Integración Social (Calle 73 Sur # 81b-10 Bosa Laureles) o vía WhatsApp 302-4134549.

·         Con el fin de garantizar la participación de todos los ciudadanos, se evaluarán mecanismos de participación presencial no masiva, atendiendo las medidas de salubridad vigentes, y en respuesta a las zonas y comunidades de la ciudad que tienen conectividad reducida o desconocimiento del uso de las TIC. Esto será entre el 6 de mayo y el 30 de junio.

¿Qué son los encuentros ciudadanos?
Son espacios de participación en los que la ciudadanía tiene el poder de decidir cuáles son los proyectos prioritarios en sus localidades. Los planes, resultado del diálogo y la concertación de quienes participan de los Encuentros Ciudadanos, entran a hacer parte del Plan de Desarrollo Local, que regirá a la localidad por los próximos cuatro años.
 
¿Sobre qué se decide?
Se decide sobre el 60 por ciento del presupuesto local. Es decir, los ciudadanos que participen están en libertad de exponer ante la administración distrital, cuáles son los problemas y necesidades a resolver a corto, mediano y largo plazo, para así, de manera conjunta, encontrar las formas de resolverlos, con el respaldo de este monto del total del presupuesto asignado a la localidad. Estos recursos de inversión los ejecuta la Alcaldía Local, con el fin de complementar y fortalecer las inversiones estratégicas de la administración distrital.

¿Quiénes pueden participar?
Cualquier ciudadano mayor de 14 años que haga parte de la localidad. Los interesados deben inscribirse previo a los Encuentros Ciudadanos, lo pueden hacer a título personal o en representación de una organización. Los jóvenes, mujeres, adultos mayores, población LGBTI y la comunidad en general están llamados a plasmar sus necesidades en el Plan de Desarrollo Local.
 
 
¿Cómo se garantiza que las decisiones de los Encuentros Ciudadanos sean ejecutadas en el Plan de Desarrollo Local?
Las decisiones que se toman en los Encuentros Ciudadanos no pueden ser modificadas por las autoridades de Planeación Local. El Acuerdo 13 de 2000, por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo económico y social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones, establece que “los Encuentros Ciudadanos definirán y priorizarán aquellos proyectos en que se concretan las propuestas estratégicas locales. Para la respectiva formulación y evaluación de estos proyectos los Encuentros Ciudadanos constituirán Comisiones de Trabajo. El Alcalde Local consolidará el proyecto del Plan de Desarrollo con base en lo concertado en los Encuentros Ciudadanos durante los 15 días siguientes a su finalización”.
 
¿Qué pasa en 2020?
Este año el cronograma de los Encuentros Ciudadanos, estipulado en la Circular 005 de 2020, emitida el 10 de febrero, se venía desarrollando óptimamente. Ese documento estableció que la inscripción a los Encuentros Ciudadanos se realizaría entre el 1 y el 15 de marzo. Sin embargo, con la coyuntura del COVID-19, ese lapso se amplió hasta el próximo 30 de abril y podrá hacerse de manera virtual. Sumado a la ampliación, también se habilitaron canales virtuales para privilegiar el uso de las plataformas digitales y redes sociales en todas las etapas del proceso. Sin embargo, con el fin de garantizar la participación de todos los ciudadanos, se evaluarán mecanismos de participación presencial no masiva, atendiendo las medidas de salubridad vigentes, y en respuesta a las zonas y comunidades de la ciudad que tienen conectividad reducida o desconocimiento del uso de las TIC

Cronograma

  • Del 23 de marzo al 30 de abril: Las Secretarías de Gobierno y Planeación, junto con el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal (Idpac), proporcionarán un conjunto de herramientas técnicas, metodológicas y tecnológicas que le permitirán a los Consejos de Planeación Local (CPL) articular el ejercicio de construcción participativa de iniciativas ciudadanas para la formulación de los Planes de Desarrollo Local.

  • Del 1 al 5 de mayo: Se llevará a cabo la instalación de los Encuentros Ciudadanos y la propuesta inicial del Plan de Desarrollo Local.

  • Del 6 de mayo al 30 de junio: Realización de los Encuentros Ciudadanos, teniendo como insumo principal el borrador del Plan de Desarrollo Distrital.

  • Del 1 al 10 de julio: Clausura de los Encuentros Ciudadanos.

  • Del 10 al 20 de julio: Consolidación del proyecto del Plan de Desarrollo Local.

  • Hasta el 21 de julio: Presentación del Proyecto del Plan de Desarrollo Local al Consejo de Planeación Local para emisión de concepto.

  • Del 21 al 27 de julio: Observación y recomendaciones del Consejo Local de Planeación.

  • Del 28 de julio a 3 de agosto: Atención de las observaciones y recomendaciones del Consejo Local de Planeación.

  • Del 4 al 10 de agosto: Audiencia pública de presentación del Plan Plurianual de Inversiones de los Planes de Desarrollo Local por localidades.

  • Del 10 al 15 de agosto: Presentación del Proyecto del Plan de Desarrollo Local a las Juntas Administradoras Locales.

  • Del 15 de agosto al 15 de septiembre: Adopción y sanción del Plan de Desarrollo Local.

  • *Cronograma sujeto a cambios según las recomendaciones de las autoridades nacionales y distritales competentes, en relación a la situación del COVID-19.

 
¿En qué se diferencian los Encuentros Ciudadanos de los Presupuestos Participativos?
Los presupuestos participativos están contemplados en Colombia bajo la ley 1757 de 2015, que los define como “un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil. Para ello, los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos”. Un proyecto aprobado por el Concejo de Bogotá en 2019, estableció que a partir de este año el Distrito debe organizar las localidades con una participación ciudadana en mínimo el 10 por ciento de los recursos, con la condición de que el dinero se ejecute según estudios adelantados por el Distrito. La idea de la alcaldesa Claudia López es que estos presupuestos prioricen los sectores de cultura, recreación y deporte, integración social, educación, movilidad, género y ambiente.
 
¿Qué son los planes de desarrollo local (PDL)?
Son parte integral del Plan de Desarrollo Distrital (PDD). El Acuerdo 13 del 2000 los define como “un instrumento de la planeación en el que se establece el marco del desarrollo de la localidad con una visión estratégica compartida y de futuro, el cual es resultado de un proceso de concertación entre los diversos actores de la planeación local. En él se definen las prioridades del desarrollo para orientar la aplicación racional de los recursos de los fondos de Desarrollo Local, permitiendo así concebir objetivos y metas alcanzables en un período determinado”.
 
¿Qué son los Fondos de Desarrollo Local (FDL)?
Los Fondos de Desarrollo Local son el resultado de la división territorial del Distrital Capital en localidades, cada una con su Junta Administradora Local (JAL), que ejecuta su presupuesto a través de los FDL. Cada uno de ellos tiene personería jurídica y patrimonio propio, con cargo a los recursos del FDL se financia la prestación de servicios y la construcción de obras de competencia de las JAL, a su vez, estos dineros son manejados a través de la Dirección Distrital de Tesorería (DDT), actuando como su tesorería en forma de recaudador y pagador.